Elecciones ProvincialesEn la provincia de Santa Fe, mediante los Decretos N° 4501 - 10 de Diciembre de 2014 y N° 0002 - 2 de Enero de 2015 - de convocatoria a comicios-, el Poder Ejecutivo Provincial dispuso la realización de los mismos, estableciéndose las siguientes fechas para su realización:
• 19/04/2015: Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO); donde se elegirán los precandidatos que participarán de las Elecciones Generales. NO se realizarán comicios primarios en las localidades donde todos los partidos políticos, confederaciones o alianzas, hayan presentado una única lista de candidatos, (Art. 2° Ley N° 12.367). • 14/06/2015: Elecciones Generales, donde se elegirán los candidatos de los cargos electivos a ocupar. Categorías que participan:* GOBERNADOR y VICEGOBERNADOR de la Provincia;
* CINCUENTA (50) DIPUTADOS TITULARES; y DIEZ (10) SUPLENTES; * DIECINUEVE (19) SENADORES TITULARES y DIECINUEVE (19) SENADORES SUPLENTES, UNO (1) por cada Departamento, * Intendentes: se eligen intendentes en 45 localidades: ARROYO SECO, AVELLANEDA, CALCHAQUI, CAÑADA DE GOMEZ, CAPITAN BERMUDEZ, CARCARAÑA, CASILDA, CERES, CORONDA, ESPERANZA, FIRMAT, FRONTERA, FUNES, GALVEZ, GRANADERO BAIGORRIA, LAGUNA PAIVA, LAS PAREJAS, LAS ROSAS, MALABRIGO, PEREZ, RAFAELA, RECONQUISTA, ROSARIO, RUFINO, SAN CARLOS CENTRO, SAN CRISTOBAL, SAN GENARO, SAN JAVIER, SAN JORGE, SAN JUSTO, SAN LORENZO, SANTA FE, SANTO TOME, SASTRE, SUNCHALES, TOSTADO, TOTORAS, VENADO TUERTO, VERA, VILLA CAÑAS, VILLA CONSTITUCION, VILLA GOBERNADOR GALVEZ y VILLA OCAMPO * Concejales: renovación parcial de Concejales en 50 municipalidades, titulares y suplentes. La sanción de la Ley Provincial N° 13.461, que aprueba las cifras de población de las municipalidades y comunas de la Provincia surgidas del Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas del año 2010; y, CONSIDERANDO: Que el Artículo 20° de la citada Ley establece que el Poder Ejecutivo deberá aplicar las cifras de la población que se aprueban por la presente ley, en la primera convocatoria a elecciones ordinarias que realice, a efectos de ampliar el número de miembros de las comisiones comunales e integrantes de concejos municipales. * Comisiones Comunales y Contralores de Cuentas: renovación total de las autoridades en 312 localidades, titulares y suplentes. Quiénes pueden votar:De acuerdo a nuestra Constitución Provincial y la Ley Electoral Provincial. N° 4990, sólo podrán votar en las elecciones provinciales los argentinos mayores de 18 años o que cumplan los 18 años hasta el mismo día de la elección
Qué sistema de boleta se utilizará:Para las elecciones provinciales se utilizará el Sistema de Boleta Única, establecido por la Ley N° 13156.
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Elecciones NacionalesDe conformidad a lo establecido en las Leyes Nacionales N°. 19945 -Código Electoral Nacional y N° 26.571 -Ley de Democratización de la Representación Política, la Transparencia y la Equidad Electoral-, la realización de las elecciones nacionales se desarrollaran en las siguientes fechas:
• 09/08/2015: Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO); donde se elegirán los precandidatos que participarán de las Elecciones Generales. • 25/10/2015: Elecciones Generales, donde se elegirán los candidatos de los cargos electivos a ocupar. Categorías que participan:PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE de la Nación
DIECINUEVE (19) PARLAMENTARIOS DEL MERCOSUR A DISTRITO NACIONAL VEINTICUATRO (24) SENADORES NACIONALES. CIENTO TREINTA (130) DIPUTADOS NACIONALES. PARLAMENTARIOS DEL MERCOSUR A DISTRITO REGIONAL (1 por cada distrito Regional y 1 por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) Específicamente en Santa Fe TRES (3) SENADORES NACIONALES. DIEZ (10) DIPUTADOS NACIONALES. UN (1) PARLAMENTARIOS DEL MERCOSUR A DISTRITO REGIONAL (*) El Parlamento del Mercosur, conocido también como Parlasur, es una asamblea parlamentaria que funciona como órgano legislativo del Mercosur, bloque regional constituido por Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y, más recientemente, Venezuela. Creado legalmente el 9 de diciembre de 2005, el Parlasur comenzó a funcionar el 7 de mayo de 2007. En una primera etapa sus miembros fueron elegidos por los congresos nacionales de entre sus miembros, y posteriormente según su Protocolo Constitutivo debería ser integrado mediante el voto directo (a partir de 2011) y simultáneo (desde 2015) de los ciudadanos según un criterio de proporcionalidad atenuada. Quiénes pueden votar:A partir de la sanción de la Ley Nª 26.774, mediante la cual se amplían los derechos políticos, incorporando a los jóvenes de 16 años, todos los argentinos mayores de 16 años o que los cumplan hasta el 25 de octubre de 2015, tienen el derecho a votar tanto en las Elecciones Nacionales Primarias como en las Elecciones Nacionales Generales 2015.
Qué sistema de boleta se utilizará:Para las elecciones nacionales se utilizará el Sistema de Boleta Sábana.
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